A- de 2001
Ponente Rodrigo Escobar Gil
✓Demandante Pedro Eli Navarro Jaimes
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Conocimiento para resolverlo debe ser expreso
- Jueces de distintos distritos judiciales
- Asunción por Corte Constitucional cuando no existe superior jerárquico común
- No puede arrogarse competencias para llenar vacíos legislativos
- Organo aplicador de la Constitución
- Inaplicación del precepto constitucional
- Posición jurídica del individuo o del funcionario público
- Alcance
- Trámite
- Dirime conflictos de competencia entre distintas jurisdicciones
- Suspensión del decreto que establece reglas de competencia para reparto de la acción de tutela
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Se abstuvo de resolver el conflicto de competencias suscitado entre el Juzgado Segundo Promiscuo de Villa del Rosario (Norte de Santander) y la Sala Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, toda vez que los mencionados despachos judiciales tienen como superior jerárquico común a la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación civil y Agraria, es dicha Sala la llamada a resolver el conflicto de competencias surgido entre aquellos, y no la Corte Constitucional, como erradamente lo consideró el juez remitente.
En consecuencia, se ordenó enviar el expediente a la citada Sala de la Corte Suprema de Justicia para lo de su competencia.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- Primero. ABSTENERSE de resolver el conflicto de competencias suscitado entre el Juzgado
- Segundo. Promiscuo de Villa del Rosario (Norte de Santander) y la Sala Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogota.
- Segundo. DECLARAR que la Corte Suprema de Justicia, la Sala de Casacion Civil Y Agraria, es la autoridad competente para decidir el conflicto de competencias suscitado entre el Juzgado
- Segundo. Promiscuo Municipal de Villa del Rosario (Norte de Santander) y la Sala Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogota.
- Tercero. ORDENAR el envio del expediente a la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casacion Civil y Agraria, para lo de su competencia.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.